18 de junio de 2010

Rolex, Bulgari, Cartier... ¡Eso no se hace!

Rolex, Cartier, Bulgari, Tag-Heuer, Boucheron, Hublot, Baume & Mercier, y así puedo seguir hasta morirme de envidia por desear todos los modelos habidos y por haber de su colecciones o hasta nombrar las 30 empresas fabricantes de relojes de lujo que están siendo afectadas por el inicio de un expediente sancionador incoado por La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de Competencia (CNC), para investigar la posible obstaculización de piezas a talleres independientes.

La CNC va a investigar si estas compañías han puesto impedimentos a los talleres independientes, ajenos a ellos, a la hora de suministrarles piezas de repuesto para la reparación de los relojes de sus marcas. Con esto se favorecería que tengamos que llevar el reloj que se nos ha estropeado “a la casa” (Omega, Rolex, o la que corresponda).


Tabién serán objeto de investigación por parte de la CNC las marcas : Piaget, Panerai, Breitling, Oris, Constantin, Jaeger-LeCoultre, Christian Dior, Tudor, Breguet, Glashütte, Girard-Perregaux, Zenith, Patek Philippe, Blancpain, IWC, Rado, Omega, Gerald Genta, Jaquet Droz, Daniel Roth, Eberhard, Longines y Léon Hatot; además de sus firmas importadoras en España: Rolex España, Bulgari España, Patek Philippe España, LVMH Relojería y Joyería España, The Swatch Group (Europa) Sociedade Unipessoal, Cronomar, Richemont Iberia y Diarsa Alta Relojería Importación.


18 meses son de los que dispondrá la CNC para la instrucción del caso y la resolución del expediente, pero ¿qué precepto legal pueden estar incumplen éstas empresas?¿cómo se traduce lo que están haciendo en la normativa española?



El acto que pueden estar cometiendo estas empresas, es el que se recoge en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia ,llamado “abuso de posición dominante”, que contempla su artículo 2 de esta manera:

Artículo 2. Abuso de posición dominante.
1. Queda prohibida la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de dominio en todo o en parte del mercado nacional.
2. El abuso podrá consistir, en particular, en:
a. La imposición, de forma directa o indirecta, de precios u otras condiciones comerciales o de servicios no equitativos.
b. La limitación de la producción, la distribución o el desarrollo técnico en perjuicio injustificado de las empresas o de los consumidores.
c. La negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios.
d. La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicios, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que coloque a unos competidores en situación desventajosa frente a otros.
e. La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio no guarden relación con el objeto de dichos contratos.
3. La prohibición prevista en el presente artículo se aplicará en los casos en los que la posición de dominio en el mercado de una o varias empresas haya sido establecida por disposición legal.


Estas empresas, son compañías muy potentes en el marcado, de reconocido prestigio y posición, y podrían estar aprovechándose de su situación de dominio para no suministrar piezas a los talleres independientes, obstaculizando su envío o recepción. Estos talleres, más pequeños e indefensos y por lo general mucho más baratos que las casas originales, estarían perdiendo un gran número de clientes al verse obligados éstos a acudir directamente, a la Casa Rolex, por ejemplo, a que le arreglen su reloj por no tener más opciones, ya que en los pequeños talleres no tienen las piezas concretas como consecuencia de que la propia Rolex no se las estaría suministrando de forma totalmente consciente y con alevosía.
Pues esto podría estar pasando no solo con Rolex, sino con todas las marcas que ya he nombrado y que conformarían básicamente la totalidad de las marcas y firmas de relojes de gama media y alta de todo el mundo.

Estas nombres, que suponen la “creme de la creme” de los relojes de lujo, así como otros de gama más baja pero igualmente prestigiosa, venden unos relojes de precios elevados en consonancia con las prestaciones, exclusivos diseños y cuidadísima fabricación que ofrecen sus cajas.

En la mayoría de los casos, el consumidor que se hace con uno de estos modelos de ensueño, goza de una holgura económica suficiente como para poder ir a “la Casa” a que le arreglen, modifiquen o ajusten su reloj en cualquier momento, pero tiene todo el derecho del mundo de ir al taller que desee para repararlo. Digo esto porque mientras el reloj está en garantía, todo es maravilloso, pero una vez que ésta expira, la vida es igualmente maravillosa, pero más cara, bastante más.

Por ello, siempre es razonable y más que entendible, que acudamos a nuestro relojero de confianza, o al que tenemos más cerca, para arreglar algún aspecto de nuestro reloj que no tiene demasiada importancia, por el que en la Casa nos cobrarían una elevada suma de dinero pero que en el pequeño taller nos cuesta dos duros (Ojo: para temas serios, mi consejo es enviarlo a la Casa que corresponda, Rolex, Omega, Cartier, la que sea: 1. por tema de garantía de la reparación y 2. soy hija de alguien del gremio, no de relojeros pero sí de joyeros y dentro de este mundo son los propios talleres los que recomiendan acudir al sitio especializado en casos graves).

En estos casos, si realmente se está percibiendo que algo falla en la distribución de piezas, los más afectados serían los pequeños talleres y sin duda los consumidores. Aquí es donde deberían de personarse las asociaciones de consumidores y usuarios e intentar que esta conducta cese ipso facto.

Es un derecho del consumidor llevar su reloj al taller que desee y no es aceptable que su libertad se vea dañada por actos como el que está estudiando la CNC. Si se demuestra que efectivamente se está llevando a cabo una obstaculización de la distribución de piezas por parte de estas Casas, la solución y la correspondiente sanción, han de ser inmediatas.

Todas las imagenes que aparecen en este post pertenecen a las páginas web de las firmas de los modelos de relojes que aparecen en  él Su uso en este blog es meramente informativo.

2 comentarios:

  1. Hola Erika:

    Interesante noticia y post. Yo también conozco por familia el sector y creo que hay que diferenciar el tipo de pieza. Hay algunas que puede instalar cualquier relojero.
    Es cierto lo que dices, muchas veces son ellos los que derivan el trabajo al servicio oficial, pero en otras ocasiones se puede realizar a un coste menor.
    Yo creo que simplemente por mantenimiento de garantía (la podrían incluso ampliar) los servicios oficiales tendrían suficientemente fidelizados a los clientes.

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  2. Muy muy interesante. Erika cada dia me sorprendes mas!!

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